Mercancías peligrosas

1.1. INTRODUCCIÓN.

Existen aproximadamente 7 millones de moléculas químicas de ellas 13.000 son sustancias con determinado peligro, de estas 3.400 están reconocidas por la ONU y clasificadas como MM.PP.

En España se concentra su fabricación, y/o almacenaje de la siguiente forma:

(datos de 1.999)

  • HUELVA
  • TARRAGONA
  • MURCIA (CARTAGENA) SANTANDER
  • C. REAL (PUERTOLLANO) 78% + = 92%
  • VIZCAYA (BILBAO )
  • CASTELLON BARCELONA
  • CADIZ (ALGECIRAS)
  • A CORUÑA

Pero su uso (final o para exportación) se distribuye entre:

  • MADRID
  • TOLEDO
  • OVIEDO
  • BURGOS
  • VALLADOLID 53 %
  • BARCELONA
  • NAVARRA
  • VALENCIA
  • ZARAGOZA
  • LEON

NORMATIVAS BÁSICAS:

ADR (para la carretera), RID (ff.cc.), ADN (fluvial), IMO-IMDG (marítimo), IATA-OACI (aéreo) y en su caso, por el Reglamento de Explosivos,

Direcciones de Internet donde se pueden encontrar:

1.2. CONOCIMIENTOS BÁSICOS SOBRE ALMACENAJE Y TRANSPORTE DE

MERCANCÍAS PELIGROSAS.

Existe un conjunto de materias que son consideradas peligrosas. Estas mercancías se clasifican, según la clase de peligro que representan.

CLASIFICACIÓN (13 grupos) (según ADR/RID 2001, en vigor a partir de 1 de enero de 2002.).

1. MATERIAS Y OBJETOS EXPLOSIVOS.

2. GASES.

3. LIQUIDOS INFLAMABLES.

4. SÓLIDOS INFLAMABLES, SUSTANCIAS AUTOREACTIVAS Y EXPLOSIVOS SÓLIDOS DESENSIBILIZADOS.

4.2 SUSTANCIAS SUSCEPTIBLES DE COMBUSTIÓN ESPONTÁNEA.

4.3 SUSTANCIAS QUE AL CONTACTO CON AGUA DESPRENDEN GASES INFLAMABLES.

5.1 SUSTANCIAS COMBURENTES.

5.2 PEROXIDOS ORGANICOS.

6.1 SUSTANCIAS TOXICAS.

6.2 MATERIAS INFECCIOSAS.

7. MATERIAS RADIOACTIVAS.

8. SUSTANCIAS CORROSIVAS.

9. MATERIAS Y OBJETOS CON PELIGRO DIVERSO.

EJEMPLO: 2 3 F (2=Gas, 3=Licuado Refrigerado, F=Inflamable)

- EXCLUIDAS: NO SE TRANSPORTAN comercialmente (salvo casos excepcionales y bajo supervisión de FF.AA.)

- LIMITATIVAS: Para poder ser transportadas deben estar específicamente numeradas y autorizadas. Es decir, como norma, no se transportan, salvo caso excepcionales y previamente autorizadas.

En España, las MM.PP. que se transportan se distribuyen en:

- 42’49 % clase 2: Gases licuados presurizados, Cloruro de Vinilo, amoniaco, Butadieno, etc...

- 31’32 % clase 3: Hidrocarburos l

- 15’87 % clase 8: Ácido Sulfúrico, Sosa Cáustica, Tolueno, etc..

1.3. EXTRACTO DE NORMAS.

RESPONSABILIDADES DEL REMITENTE:

El remitente, al formalizar el contrato de transporte mediante carta de porte de una mercancía peligrosa, se hace responsable de haber cumplido las condiciones exigidas por la normativa de aplicación. Especialmente en lo que se refiere a la naturaleza de la mercancía, peso, porcentaje de llenado, características de embalaje, prohibiciones de embalaje en común en un mismo bulto y señalización. En caso de falsa o incompleta declaración o de incumplimiento de las condiciones antes mencionadas, responderá de los daños ocasionados.

PRESCRIPCIONES GENERALES:

-En condiciones normales el transporte o almacenaje de MM.PP. no presenta riesgo alguno. La seguridad está garantizada mediante Leyes, normas, reglamentos e instrucciones.

-Pueden existir, sin embargo ciertos riesgos para las personas o el medio ambiente en caso de avería del embalaje o recipiente que dé lugar a la fuga de la mercancía.

Es evidente que, comparado con el resto de mercancías, tienen el riesgo añadido intrínseco del producto.

-Los vehículos y envases dedicados al almacenaje y transporte de mercancías peligrosas, sin limpiar o desgasificar, aún vacios se considerarán igual que si estuviesen llenos.

-Jamás se utilizarán envases ni recipientes de vidrio para el almacenaje o transporte de MM.PP.

-No está permitido utilizar cualquier fuente de ignición en las proximidades de los bultos, contenedores o vehículos que transportan MM.PP. o las hayan transportado.

-Queda prohibida cualquier clase de reparación en la superestructura del envase, embalaje o vehículo sin el previo transbordo de la mercancía bajo la dirección de técnicos o expertos.

-Los vehículos y trenes que transporten mercancías peligrosas, deberán utilizar necesariamente las líneas de circunvalación de las poblaciones, cuando existan. Se exceptúa el caso de carga y descarga en ellas.

RECEPCIÓN DE LA MERCANCÍA:

En cuanto se reciba una mercancía peligrosa y se ponga a disposición del consignatario, se dará inmediato aviso al mismo con objeto de que se haga cargo de ella. El Responsable Comercial procederá de inmediato a la gestión de las mercancías peligrosas no retiradas por el destinatario.

1.4. MENCIONES EN LA CARTA DE PORTE.

RECIPIENTE CARGADO/DESCARGADO

Nº DE IDENTIFICACIÓN DEL PELIGRO

Nº DE IDENTIFICACIÓN DE LA MATERIA (ONU)

NOMBRE O DENOMINACIÓN DE LA MERCANCÍA

CLASE

CIFRA (O APARTADO) Y LETRA DE ENUMERACIÓN

PESO NETO DE EXPLOSIVO EN KG.

SIGLAS RID:

Ejemplo: Transporte de mercancía de la clase 3 en vagón/camión cisterna: “33, 1203 Gasolina, 3, 3º b), RID”

Algunas de las expresiones técnicas mas usuales y su relación con la seguridad:

Descomposición por el fuego

Descomposición por los ácidos

Efecto asfixiante

Gases más pesados que el aire

Gases más ligeros que el aire

Incompatibilidad con algunos agentes de extinción

Intoxicación

Mezclas explosivas

Punto o temperatura de inflamación

Volatilidad

BLEVE

TEMPERATURA CRITICA de un gas